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DE LOS CAMPEONATOS OFICIALES DE NADO SINCRONIZADO
NORMAS GENERALES :
Artículo 1 - Todos los Campeonatos de Nado Sincronizado de carácter nacional, instituidos por la Confederacion Argentina de Deportes Acuáticos, los que serán considerados sus Competencias Oficiales, tal lo menciona el Artículo 2 del Capítulo III, se regirán por las disposiciones del Capítulo XVIII, por estas normas generales y las que, en particular se dicten para cada uno de ellos, bajo las reglas de la Federación Internacional de Natación Amateur (FINA).
Artículo 2 - Estas competencias serán de realización anual y responderán a los respectivos calendarios programados para las temporadas de verano e invierno, según se establezcan en sus respectivas reglamentaciones especiales.
Artículo 3 - La organización de estos Campeonatos, por delegación, estará a exclusivo cargo de la Federación o Asociación a quien el CE haya designado, con la fiscalización de la CADDA, para lo cual se nombrará el Arbitro General. En el caso de que circunstancias especiales así lo aconsejen, el CE podrá disponer que la organización de un determinado campeonato quede a su cargo en tal oportunidad, a fin de evitar la interrupción de la realización anual establecida.
Artículo 4 - Para todos sus Torneos Oficiales de Nado Sincronizado, la CADDA establece un arancel por cada nadadora que haya sido inscripta en cada uno de ellos, prescindiendo de la cantidad de intervenciones que en definitiva vaya a tener en el mismo. Dicho arancel se establece en un monto equivalente al 50 % del valor vigente fijado por la CADDA para la Licencia Nacional, y su importe total deberá ser abonado a la entidad organizadora durante la reunión de delegados, previa a la iniciación del correspondiente certamen. Este arancel deberá hacerse efectivo en base a la totalidad de nadadoras inscriptas originalmente, independientemente de que si en definitiva concurriera o no la cantidad anunciada.
Artículo 5 - Sólo podrán ser inscriptas las nadadoras con Licencia Nacional actualizada y liquidada en CADDA, con no menos de diez (10) días de anticipación a la fecha fijada para la iniciación del respectivo Campeonato.
Artículo 6 - La entidad organizadora no se hará cargo de los gastos que demande el traslado, alojamiento, alimentación y transportación interna de las participantes, salvo que así lo resolviera en forma expresa, pero sí estará obligada a asegurar la reserva de comodidades para las delegaciones oficiales de cada entidad que vaya a participar, debiendo proporcionar, con suficiente anticipación, toda información al respecto, incluyendo precios y demás condiciones. Por otra parte, la entidad organizadora, procurará ofrecer alojamientos deportivos y suministro de alimentación con menú fijo a precios módicos.
Artículo 7 - En el caso de que una Federación, Asociación o Club Adherente, donde no se practique la disciplina, haya solicitado ser sede de alguno de los Campeonatos Oficiales de la CADDA, con el propósito de promocionarla, deberá hacerse cargo de los gastos que demande el alojamiento y comida de los integrantes de las entidades participantes.
Artículo 8 - Cada institución participante le hará conocer a la organizadora, mediante la integración de un formulario especialmente proporcionado por ésta, la nómina de deportistas y oficiales integrantes de su delegación. Este formulario, junto al destinado a las inscripciones individuales de cada nadadora, deberán contener la información indicada en el Artículo 9 del Capítulo XVIII de este Reglamento de las Disciplinas. Dichos formularios deberán estar suscriptos por la institución solicitante.
(Continúa CAPITULO XIX)
Cuando el Campeonato corresponda a competencias entre clubes, la respectiva Federación o Asociación certificará la veracidad de los datos en ellos consignados, asumiendo de esta manera la responsabilidad en este aspecto, recepcionando la documentación correspondiente a sus respectivas afiliadas y remitiéndola a la entidad organizadora, tomando los recaudos para que la misma obre en su poder dentro del plazo establecido en el mencionado Artículo 9 del Capítulo XVIII, sobre lo cual también será responsable, puesto que las inscripciones recibidas fuera de término, no serán aceptadas.
Artículo 9 - La entidad organizadora, con suficiente anticipación, pondrá a consideración del Arbitro General una nómina con la totalidad de jueces, oficiales y auxiliares (previstos en el Artículo 11 del Capítulo XVIII), que actuarán en el respectivo certamen, quien les asignará funciones, efectuará los cambios necesarios y conformará en definitiva el panel correspondiente. Designará sus colaboradores directos, que cumplirán las funciones que él les asigne, inclusive podrán reemplazarlo en una emergencia, actuando como Arbitros Alternos.
Artículo 10 - Con la asistencia de la organizadora, el Arbitro General convocará a una reunión de delegados, previo a la iniciación del certamen. En dicha reunión, los delegados presentarán sus respectivas acreditaciones, mediante nota expedida por la institución que representan. En esta oportunidad, se efectuarán los sorteos previstos en el Artículo 12 del Capítulo XVIII.
Artículo 11 - Todo reclamo deberá ser presentado al Arbitro General, por escrito, bajo firma del respectivo delegado, tal lo previsto en el Artículo 19 del Capítulo XVIII, acompañado de un arancel impuesto en efectivo por una suma equivalente al valor vigente fijado por la CADDA de tres (3) Licencias Nacionales. Dicho monto será reintegrado en el caso de que tal reclamo prospere.
Artículo 12 - La entidad organizadora se hará cargo de los gastos que pudiera originar el traslado, alojamiento, alimentación y transportación interna del Arbitro General, cuando éste no resida en la localidad donde se lleve a cabo el certamen. Del mismo modo, corresponderá hacerse cargo de los gastos originados por jueces y/u oficiales, cuyos servicios se hubieren requerido, por no contar en la localidad con suficiente cantidad de personas que puedan desempeñarse con la idoneidad necesaria.
Artículo 13 - Dentro de los diez (10) días posteriores a la finalización de un Campeonato, la Federación o Asociación organizadora deberá haber presentado a la Confederación Argentina de Deportes Acuáticos, la respectiva liquidación de los ingresos percibidos por los conceptos que seguidamente se mencionan, respetando los siguientes porcentajes de distribución:
C o n c e p t o
C A D D A
Fed/Asoc
· Recaudación en concepto de entradas al torneo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
20 %
80 %
· Recaudación en concepto de aranceles de participación (Artículo 4). . . . .
50 %
50 %
· Recaudación en concepto de reclamos (Artículo 11) . . . . . . . . . . . . . . . . .
75 %
25 %
Artículo 14 - En todos los Campeonatos Oficiales de Nado Sincronizado, la CADDA se hará cargo de las medallas a otorgarse a las ganadoras en las rutinas de solos, duetos y equipos y rutina libre combinada, y la entidad organizadora otorgará premios a las clasificadas en los lugares 2ª y 3ª. De igual manera, la CADDA otorgará un trofeo a la institución clasificada primera en la puntuación general.
Artículo 15 - Los gastos de organización, premios, atenciones, etc. que estén a cargo de la entidad organizadora, podrán ser soportados mediante donaciones o aportes de carácter publicitario, provenientes de empresas o entidades oficiales o privadas, patrocinadoras del certamen.
Artículo 16 - Con relación a la participación de los Clubes Adherentes en los Campeonatos Oficiales, cada uno de ellos deberá tramitar directamente ante la CADDA, todas las exigencias que les competen, mencionadas en las presentes normas.
Artículo 17 - Conforme a lo establecido en el Artículo 1, los Campeonatos Oficiales de la CADDA se regirán por las normas alli indicadas; toda cuestión que pudiere suscitarse durante el desarrollo de alguno de ellos, será resuelta por el Arbitro General, quien tendrá las atribuciones que le acuerdan los reglamentos vigentes mencionados en el referido artículo; sus resoluciones serán inapelables.
(Continúa CAPITULO XIX)
Artículo 18 - Conforme lo determina el Artículo 2 del Capítulo III, el CE de la CADDA podrá disponer la invitación de nadadoras integrantes de una entidad del exterior del país, en un determinado Campeonato, fijando las condiciones especiales de participación en cada caso.
Artículo 19 - Para realizar un Campeonato oficial de Nado Sincronizado se deberán contar con un mínimo de tres (3) instituciones participantes y en las competencias de Rutinas Libres deberán participar como mínimo dos (2) instituciones o Federaciones. En el caso de no contar con el mínimo establecido de participantes en las Rutinas Libres, no se declarará Campeona y tampoco sumará puntos para la institución participante.
Artículo 20 - Los reglamentos correspondientes a cado uno de los Campeonato Oficiales de la CADDA, como así también las Normas Selectivas Generales, se incorporan como Anexos a este Capítulo XIX, conforme el siguiente detalle:
· ANEXO I
CAMPEONATO ARGENTINO DE NADO SINCRONIZADO
· ANEXO II
CAMPEONATO DE LA REPUBLICA DE NADO SINCRONIZADO
· ANEXO III
CAMPEONATO INTERFEDERATIVO DE NADO SINCRONIZADO
· ANEXO IV
NORMAS SELECTIVAS GENERALES PARA NADO SINCRONIZADO
· ANEXO V
CAMPEONATO NACIONAL JUNIOR DE NADO SINCRONIZADO
· ANEXO VI
ENCUENTRO NACIONAL PROMOCIONAL DE NADO SINCRONIZADO
(Continúa CAPITULO XIX)
A N E X O I
= CAMPEONATO ARGENTINO DE NADO SINCRONIZADO =
REGLAMENTO :
1. El Campeonato Argentino de Nado Sincronizado es un torneo de Primera Categoría, pudiendo participar en él las nadadoras que militan en la mencionada categoría y las de Juvenil “A” y Juvenil “B”, conforme lo previsto en el Artículo 5 del Capítulo XVIII del Reglamento de las Disciplinas, en representación de sus respectivos Clubes y Entidades afiliadas a las Federaciones o Asociaciones y Clubes Adherentes.
2. Este Campeonato se realizará durante el período correspondiente al calendario de invierno, fijado en el Artículo 2 del Capítulo II del Reglamento de las Disciplinas.
3. Cada institución participante podrá estar representada por un máximo de diez (10) nadadoras.
4. En las competencias de Rutinas se permitirá la participación de dos (2) Solos, dos (2) Duetos y un (1) Equipo y una (1) Rutina Libre Combinada por institución. La Rutina Libre Combinada por ser de carácter promocional no se le adjudicará ni título de Campeona Argentina ni sumará puntos para la copa.
5. Se competirá con rutinas técnicas y libres, en un todo de acuerdo con las reglas establecidas por la FINA.
6. Para la realización de la Rutina Libre Combinada se deberá contar con un mínimo de dos entidades participantes.
7. Será un torneo con puntaje de conjunto para las instituciones participantes. La adjudicación de puntos se realizará de la manera siguiente:
Solos: 24, 22, 20, 18, 16, 14, 12, 10, 8, 6, 4, 2 puntos.
Duetos: 36, 33, 30, 27, 24, 21, 18, 15, 12, 9, 6, 3 puntos.
Equipos: 72, 66, 60, 54, 48, 42, 36, 30, 24, 18, 12, 6 puntos.
Los puntos serán adjudicados así: al mejor Solo clasificado y al mejor Dueto clasificado y al Equipo clasificado de cada institución.
8. Para la adjudicación definitiva de puntajes se deberá tener en cuenta el Artículo 19 del Capítulo XIX del reglamento de las disciplinas.
9. Se disputará en dos (2) jornadas consecutivas, con la siguiente programación:
· Primera Jornada : Competencia de Rutinas Técnicas
· Segunda Jornada : Competencia de Rutinas Libres (Solo, Dueto y Equipo)
Competencia de Rutinas Libres Combinadas
10. Independientemente de los premios individuales referidos en el Artículo 14 del Capítulo XIX, la CADDA otorgará a la ganadora en Solo y a cada integrante ganadora en Dueto y Equipo, como máxima distinción, el título de CAMPEONA ARGENTINA.
11. La institución que haya logrado mayor puntaje general, habrá logrado el título de CAMPEON ARGENTINO, correspondiéndole el trofeo referido en el Artículo 14 del Capítulo XIX.
(Continúa CAPITULO XIX)
A N E X O I I
= CAMPEONATO DE LA REPUBLICA DE NADO SINCRONIZADO =
REGLAMENTO :
1. El Campeonato de la República de Nado Sincronizado es un torneo reservado para las Categorías Infantil “B”, Juvenil “A” y Juvenil “B”, conforme lo previsto en el Artículo 5 del Capítulo XVIII del Reglamento de las Disciplinas, en representación de sus respectivos Clubes y Entidades afiliadas a las Federaciones o Asociaciones y Clubes Adherentes.
2. Este Campeonato se realizará durante el período correspondiente al calendario de invierno, fijado en el Artículo 2 del Capítulo II del Reglamento de las Disciplinas.
3. Cada institución participante podrá estar representada por un máximo de diez (10) nadadoras para cada una de las categorías.
4. En las competencias de Rutinas se permitirá la participación de dos (2) Solos, dos (2) Duetos y un (1) Equipo por institución, en cada una de las categorías citadas en el punto 1.
5. Será un torneo con puntaje de conjunto para las instituciones participantes. La acumulación de puntos será: Puntaje General, Puntaje Infantil “B”, Puntaje Juvenil “A” y Puntaje Juvenil “B”.
6. La adjudicación de puntos se realizará de la manera siguiente:
Solos: 24, 22, 20, 18, 16, 14, 12, 10, 8, 6, 4, 2 puntos.
Duetos: 36, 33, 30, 27, 24, 21, 18, 15, 12, 9, 6, 3 puntos.
Equipos: 72, 66, 60, 54, 48, 42, 36, 30, 24, 18, 12, 6 puntos.
Los puntos serán adjudicados así: al mejor Solo clasificado y al mejor Dueto clasificado y al Equipo clasificado de cada institución.
7. Para la adjudicación definitiva de puntajes se deberá tener en cuenta el Artículo 19 del Capítulo XIX del reglamento de las disciplinas.
8. Se disputará en dos (2) jornadas consecutivas, con la siguiente programación:
· Primera Jornada : Competencia de Figuras.
· Segunda Jornada : Competencia de Rutinas Libres (Solo, Dueto y Equipo)
9. Independientemente de los premios individuales referidos en el Artículo 14 del Capítulo XIX, la CADDA otorgará a la ganadora en Solo y a cada integrante ganadora en Dueto y Equipo, de cada categoría, como máxima distinción el título de CAMPEONA DE LA REPUBLICA.
10. La institución que haya logrado mayor puntaje acumulado en la Clasificación General será el CAMPEON DE LA REPUBLICA y se habrá adjudicado el trofeo referido en el Artículo 14 del Capítulo XIX.
11. En este Campeonato se permitirá la participación de nadadoras de la Categoría Infantil “A”, en calidad de invitadas especiales y dentro de su condición de categoría promocional, razón por la cual no corresponde la asignación de los puntos a que se hace referencia en el punto 6., al igual que el título de Campeona de la República, mencionado en el punto 8. Los premios que se establezcan para la Categoría Infantil “A” deberán ser distintos a los de las demás categorías, precisamente por su condición de promocional.
(Continúa CAPITULO XIX)
A N E X O I I I
= CAMPEONATO INTERFEDERATIVO DE NADO SINCRONIZADO =
REGLAMENTO :
1. El Campeonato Interfederativo de Nado Sincronizado, que llevará el nombre de ARNALDO VAQUES, es un torneo reservado para las Categorías Infantil “B”, Juvenil “A” y Juvenil “B”, y “Primera” conforme lo previsto en el Artículo 5 del Capítulo XVIII del Reglamento de las Disciplinas, en equipos representativos de sus respectivas Federaciones, Asociaciones y Clubes Adherentes.
2. Este Campeonato se realizará durante el período correspondiente al calendario de invierno, fijado en el Artículo 2 del Capítulo II del Reglamento de las Disciplinas.
3. Cada institución participante podrá estar representada por un máximo de diez (10) nadadoras para cada una de las categorías.
4. En las competencias de Rutinas se permitirá la participación de dos (2) Solos, dos (2) Duetos y un (1) Equipo por institución, en cada una de las categorías citadas en el punto 1.
5. Será un torneo con puntaje de conjunto para las instituciones participantes, con excepción de los Clubes Adherentes. La acumulación de puntos será: Puntaje General, Puntaje Infantil “B”, Puntaje Juvenil “A” , Puntaje Juvenil “B” y Puntaje “Primera”.
6. La adjudicación de puntos se realizará de la manera siguiente:
Solos: 24, 22, 20, 18, 16, 14, 12, 10, 8, 6, 4, 2 puntos.
Duetos: 36, 33, 30, 27, 24, 21, 18, 15, 12, 9, 6, 3 puntos.
Equipos: 72, 66, 60, 54, 48, 42, 36, 30, 24, 18, 12, 6 puntos.
Los puntos serán adjudicados así: al mejor Solo clasificado y al mejor Dueto clasificado y al Equipo clasificado de cada institución.
7. Para la adjudicación definitiva de puntajes se deberá tener en cuenta el Artículo 19 del Capítulo XIX del reglamento de las disciplinas.
8. Se disputará en dos (2) jornadas consecutivas, con la siguiente programación:
· Primera Jornada : Competencia de Figuras y Rutinas Técnicas
· Segunda Jornada : Competencia de Rutinas Libres (Solo, Dueto y Equipo)
9. Independientemente de los premios individuales referido en el Artículo 14 del Capítulo XIX, la CADDA otorgará a la ganadora en Solo y a cada integrante ganadora en Dueto y Equipo, de cada categoría, como máxima distinción el título de CAMPEONA INTERFEDERATIVA.
10. La Federación o Asociación que haya logrado mayor puntaje acumulado en la Clasificación General será el CAMPEON INTERFEDERATIVO y se habrá adjudicado el trofeo referido en el Artículo 14 del Capítulo XIX.
11. En este Campeonato se permitirá la participación de nadadoras de la Categoría Infantil “A”, en calidad de invitadas especiales y dentro de su condición de categoría promocional, razón por la cual no corresponde la asignación de los puntos a que se hace referencia en el punto 6., al igual que el título de Campeona de la República, mencionado en el punto 8. Los premios que se establezcan para la Categoría Infantil “A” deberán ser distintos a los de las demás categorías, precisamente por su condición de promocional.
(Continúa CAPITULO XIX)
A N E X O I V
= NORMAS SELECTIVAS GENERALES NADO SINCRONIZADO =
La Confederación Argentina de Deportes Acuáticos dicta las siguientes normas básicas, que serán de aplicación para seleccionar las nadadoras que integrarán cada equipo representativo nacional de Nado Sincronizado:
PARA INTEGRAR EQUIPO DE PRIMERA CATEGORIA :
1. En cada oportunidad en que fuere necesario conformar un equipo representativo nacional de primera categoría, la Comisión de Nado Sincronizado de la CADDA deberá establecer, con suficiente antelación, las respectivas especificaciones técnicas y disposiciones complementarias que regirán para cada caso, a saber:
a) Determinará la cantidad de encuentros selectivos en los que, obligatoriamente, deberán participar las aspirantes, dando a conocer lugares, fechas y horarios de realización de cada uno de ellos,
b) Establecerá cuáles son las atletas que reúnen las condiciones técnicas suficientes para poder participar en cada encuentro selectivo, dando a conocer la nómina de las mismas.
c) Designará los jueces encargados de calificar a las deportistas, haciéndoles conocer los objetivos perseguidos.
d) Para participar de un encuentro selectivo la nadadora deberá obligatoriamente participar en los campeonatos de su respectiva edad.
2. Cada encuentro selectivo se realizará con figuras y Rutina Técnica de Solo con elementos de Equipo, cuyos valores porcentuales serán los siguientes:
· Figuras : 40 %
· Rutina técnica de Solo, con elementos de Equipo : 60 %
Cada competidora realizará 4 (cuatro) figuras, grupo sorteado en tiempo y forma según reglamento de la FINA.
El orden de presentación de las nadadoras, para las Rutina Técnica, se realizará por sorteo en grupos de a cuatro (4) en orden inverso a la clasificación obtenida por el puntaje de figuras.
3. Quedan clasificadas para el equipo las primeras diez (10) nadadoras según puntaje de figuras sumado al puntaje de rutina técnica. Las clasificadas conforman la pre-selección quedando a criterio de la entrenadona nacional la elección del Solo y del Dueto.
4. Quedan preclasificadas las nadadoras ubicadas en los lugares uno (1) al diez (10), reservando a la CADDA la cantidad de nadadoras que participarán en el Campeonato para lo cual se ha llevado a cabo dicho encuentro selectivo.
PARA INTEGRAR EQUIPO DE LAS CATEGORIAS JUVENILES y JUNIOR:
1. En cada oportunidad en que fuere necesario conformar un equipo representativo nacional de las categorías juveniles y junior, se utilizarán como selectivos cualquier Campeonato dentro del calendario anual de las competencias de Nado Sincronizado.
2. La Comisión de Nado Sincronizado de la CADDA, determinará cuáles de estos Campeonatos Oficiales serán selectivos para cada compromiso internacional, lo cual dará a conocer a las respectivas Federaciones, Asociaciones y Clubes Adherentes, con suficiente antelación.
(Continúa CAPITULO XIX)
3. Para efectuar las correspondientes selecciones serán tenidas en cuenta las siguientes alternativas:
ALTERNATIVA A) Quedan clasificadas para el equipo las primeras diez (10) nadadoras según puntaje de figuras quedando a criterio de la entrenadora la elección del Solo y del Dueto.
ALTERNATIVA B) Queda clasificada como solista el mejor Solo ganador de acuerdo a la suma de puntaje de Figura y Rutina Libre de Solo. Queda clasificada como duetistas el mejor Dueto ganador de acuerdo a la suma de puntaje de Figura y Rutina Libre de Dueto. Para la integración del Equipo quedan las mejores clasificadas según puntaje de figuras hasta completar diez (10) nadadoras.
4. Quedan preclasificadas las nadadoras ubicadas en los lugares uno (1) al diez (10), reservando a la CADDA la cantidad de nadadoras que participarán en el Campeonato para lo cual se ha llevado a cabo dicho encuentro selectivo.
(Continúa CAPITULO XIX)
A N E X O V
= CAMPEONATO NACIONAL JUNIOR DE NADO SINCRONIZADO =
REGLAMENTO :
1. El Campeonato Nacional Junior de Nado Sincronizado es un torneo reservado para las Categorías Ultimo año de Juvenil “A” y Juvenil “B”, conforme lo previsto en el Artículo 5 del Capítulo XVIII del Reglamento de las Disciplinas, en representación de sus respectivas Federaciones o Asociaciones y Clubes Adherentes.
2. Este Campeonato se realizará durante el período correspondiente al calendario de invierno, fijado en el Artículo 2 del Capítulo II del Reglamento de las Disciplinas.
3. Cada institución participante podrá estar representada por un máximo de diez (10) nadadoras.
4. En las competencias de Rutinas se permitirá la participación de dos (2) Solos, dos (2) Duetos y un (1) Equipo por institución.
5. Será un torneo con puntaje de conjunto para las instituciones participantes.
6. La adjudicación de puntos se realizará de la manera siguiente:
Solos: 24, 22, 20, 18, 16, 14, 12, 10, 8, 6, 4, 2 puntos.
Duetos: 36, 33, 30, 27, 24, 21, 18, 15, 12, 9, 6, 3 puntos.
Equipos: 72, 66, 60, 54, 48, 42, 36, 30, 24, 18, 12, 6 puntos.
Los puntos serán adjudicados así: al mejor Solo clasificado y al mejor Dueto clasificado y al Equipo clasificado de cada institución.
7. Para la adjudicación definitiva de puntajes se deberá tener en cuenta el Artículo 19 del Capítulo XIX del reglamento de las disciplinas.
8. Se disputará en dos (2) jornadas consecutivas, con la siguiente programación:
· Primera Jornada : Competencia de Figuras.
· Segunda Jornada : Competencia de Rutinas Libres (Solo, Dueto y Equipo)
9. Independientemente de los premios individuales referidos en el Artículo 14 del Capítulo XIX, la CADDA otorgará a la ganadora en Solo y a cada integrante ganadora en Dueto y Equipo, de cada categoría, como máxima distinción el título de CAMPEONA JUNIOR.
10. La institución que haya logrado mayor puntaje acumulado en la Clasificación General será el CAMPEON JUNIOR y se habrá adjudicado el trofeo referido en el Artículo 14 del Capítulo XIX.
(Continúa CAPITULO XIX)
A N E X O VI
= ENCUENTRO NACIONAL PROMOCIONAL DE NADO SINCRONIZADO =
REGLAMENTO :
1. El Encuentro Nacional Promocional de Nado Sincronizado es un torneo reservado para las siguientes Categorías: INFANTILES “C” (de 6 a 8 años de edad); INFANTILES “A” (de 9 a 10 años de edad); INFANTILES “B” (de 11 a 12 años de edad); y JUVENILES “A” (de 13 a 15 años de edad).
2. Cada categoría será dividida en 3 (tres) niveles, pudiendo la competidora de esa categoría participar sólo en un nivel.
3. Las Rutinas a presentar serán a modo de exhibición y podrán ser en conjunto de equipo y/o combo, debiendo participar todas las competidoras.
4. Todas las competidoras participantes recibirán diploma de asistencia a la competencia.
5. Se disputará en una (1) jornada.
6. Las figuras a realizar por cada nivel tendrán una vigencia de 2 (dos) años, luego de dicho plazo podrán ser modificadas o mantenidas para un nuevo período.
7. Para el período 2006-2007 las figuras de cada nivel son las siguientes:
INFANTIL C (6 A 8 AÑOS)
NIVEL I
NIVEL II
NIVEL III
Posición bote
Velero alternado
Ballet simple
Posición canoa
Canoa Rodilla flexionada
Bote, chinita, bolita atràs hasta bote
INFANTIL A (9 A 10 AÑOS)
NIVEL I
NIVEL II
NIVEL III
Velero alternado
Ballet simple
Posición vertical a tobillos, a split
Canoa Rodilla Flexionada
Bote, chinita, bolita atràs hasta bote
Entrada escuadra
INFANTIL B (11 A 12 AÑOS)
NIVEL I
NIVEL II
NIVEL III
Velero alternado
Ballet simple
Paseo al frente
Bote, chinita, bolita atràs hasta bote
Posición vertical a tobillos, a split
Kip
(Continúa CAPITULO XIX)
JUVENIL A (13 a 15 AÑOS)
NIVEL I
NIVEL II
NIVEL III
Velero alternado
Ballet simple
Ballet a Flamingo
Bote, chinita, bolita atràs hasta bote
Posición vertical a tobillos, a split
Barracuda
8. Toda competidora deberá poseer registro nacional promocional para poder participar de esta competencia.
9. La permanencia de una competidora en calidad de promocional solo podrá ser mantenida durante un máximo de 2 (dos) años, vencido este período no podrá participar en un campeonato de categoría promocional..
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